viernes, 31 de julio de 2009

Modificación y aclaración de texto de acuerdo de buena voluntad entre la industria del salmón local y el Gobierno Regional


A fin de poder aclarar las dudas e interpretaciones que generó en diversos sectores de la comunidad regional la redacción del acuerdo suscrito entre la Subsecretaría de Pesca, el Gobierno Regional y la Asociación de Productores de Salmones y Truchas de Magallanes A.G., las partes involucradas consideraron pertinente aclarar el sentido de la misma, lo que se tradujo en la firma del texto que se anexa a continuación de esta nota.

Acuerdo de Buena Voluntad
Asociación de Productores de Salmones y Truchas de Magallanes A.G.
Secretaria Ejecutiva Cluster Acuícola
Intendencia de la Región de Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Reconstrucción
y
Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social
 

En Punta Arenas a 24 de Julio del 2009, entre don Mario Maturana Jaman, Intendente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, con domicilio en calle Plaza Muñoz Gamero N° 1.028, de la ciudad de Punta Arenas, en adelante "La Intendencia Regional"; don Jorge Chocair Santibañez, Subsecretario de Pesca; don Drago Covacich McKay, Presidente de la Asociación de Productores de Salmones y Truchas de Magallanes AG, inscrita en el registro de Asociaciones Gremiales bajo el N°2713 de 19 junio de 1995, con domicilio en calle Av., Presidente Ibañez km. 5,5 norte, por una parte y como "La Asociación"; don Felipe Sandoval Precht, Secretario Ejecutivo del Cluster Acuícola, en adelante "El Secretario Ejecutivo"; don Javier Solís Uribe, Secretario Regional Ministerial de Economía, Fomento y Reconstrucción de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, con domicilio en Calle Monseñor Fagnano N° 420 de la ciudad de Punta Arenas, en adelante "La Seremi de Economía", y, doña Maritza Oyarzo Quilahuilque, Secretaria Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social, con domicilio en calle Pedro Montt No. 853 Piso 2 de la ciudad de Punta Arenas, en adelante "La Seremi del Trabajo" se ha convenido lo siguiente:
 
Fundamento del Acuerdo:
Con el fin de explicitar las posiciones de los actores abajo firmantes, en orden
a señalar el contexto, las voluntades y los instrumentos que rigen el Proceso de Zonificación de Borde Costero, es que se acuerda disponer sus buenas voluntades para participar en el referido Proceso de Zonificación a través del Proyecto de Mediación y Participación en las modalidades, plazos y dinámicas que éste establece y que, a través de él, se puedan concordar espacios para desarrollar una acuicultura sustentable en la Región de Magallanes.
Declaración de Intenciones:
A. Con ocasión de la crisis que a nivel nacional ha sufrido la industria salmonera con la detección del virus ISA en Chile, entre otros aspectos negativos que han impactado poderosamente esta actividad productiva, se estima necesario realizar gestiones urgentes y oportunas para la aplicación de medidas que permitan mejorar las condiciones de convivencia con este virus en la Región de Magallanes y Antártica Chilena de manera de propender a la protección y resguardo de las condiciones zoosanitarias y ambientales de la región y del cluster de la acuicultura propiamente tal.
B. La industria del salmón en Magallanes tiene sus inicios a mediados de los años ochenta. Actualmente las concesiones otorgadas se encuentran ubicadas en sectores geográficos acotados como: Estero Última Esperanza, Canal Señoret y Golfo Almirante Montt en la Provincia de Ultima Esperanza; Canal Fitz Roy, Bahía Altamirano, Isla Escarpada (Seno Skyring) e Isla Capitán Aracena en la Provincia de Magallanes; y, finalmente en el Canal Beagle, en la Provincia Antártica.
C. Que para efectos enunciativos, las empresas que se encuentran establecidas, operando y con producción en Magallanes, y a quienes afecta este acuerdo, son:
· Nova Austral S.A. y Acuinova Chile S.A. con sus instalaciones de engorda en las inmediaciones de la Isla Capital Aracena, centros estuarinos en Puerto Natales y las plantas de proceso en la ciudad de Porvenir y Punta Arenas. Su proyecto original contempla extender sus operaciones a centros de cultivos, puntualmente en Canal Cockburn, cuyas solicitudes de concesión de acuicultura fueron requeridas a la autoridad pertinente.
· Que la empresa Skysal S.A. se encuentra instalada en Punta Arenas con producción en agua dulce y con solicitudes de concesiones acuícolas en Fiordo Europa.
· Que la empresa Salmones Magallanes o Acuimag S.A. desarrolla su actividad en el Golfo Almirante Montt. Esta empresa no puede crecer con nuevos centros de cultivo debido a que sus solicitudes, que se encuentran en el mismo entorno geográfico y al norte de ésta, no se han otorgado, situación repetida al resto de los Asociados, debido a que están a la espera del término del proceso de zonificación de borde costero.
· Que las empresas River Fish / Cameron S.A. se encuentran instaladas en Canal Señoret y Golfo Almirante Montt de la Provincia de Ultima Esperanza, con la misma problemática señalada en la letra anterior; y tiene también solicitudes en las comunas de Río Verde y Punta Arenas.
· Que la empresa Congelados Pacífico S.A. opera actualmente un centro con reproductores en la región en el Estero Última Esperanza y, se encuentran en proceso de adquisición, en el sector del Canal Beagle, de concesiones ya otorgadas, requiriendo de un mayor volumen productivo para lo cual posee solicitudes de concesión en trámite en la región, de forma de justificar la explotación de las concesiones existentes, pero con bajos niveles de densidad productiva por centro.
D. Que la nueva Ley de Acuicultura que se está tramitando en el Congreso Nacional tiene como finalidad la adecuación del territorio para el desarrollo sustentable de la actividad mediante el establecimiento de "agrupación de concesiones", y "zonas de riesgo sanitario". Todo ello resulta ser de importancia y trascendencia a los objetivos que se persiguen en Magallanes para dar seguridad al establecimiento de la industria salmonera, lo que se reconoce por todos los actores firmantes de este acuerdo.
E. En la Región de Magallanes y Antártica Chilena se está tramitando la zonificación del Borde Costero, trabajo que se encuentra en desarrollo actualmente, esperándose al arribo de conclusiones a fines del presente año.
F. Que dicha ley regulará nuevos procedimientos que deberán ser cumplidos por las empresas que ya se encuentran instaladas como para el establecimiento de nuevos centros de cultivo, según sus proyecciones.
G. Que todos los integrantes de la Asociación de Productores de Salmones y Truchas de Magallanes A.G., están en acuerdo que el territorio debe ser protegido para evitar daños como el que se ha producido en las otras regiones del territorio nacional con ocasión de los problemas que ha habido por el manejo administrativo, biológico y sanitario del producto, lo que hace imprescindible contar con nuevas áreas (agrupaciones de concesiones), para el adecuado funcionamiento de la Industria.
Acuerdos:
En atención a lo expuesto en el punto anterior, la Asociación, la Subsecretaría de Pesca, el Secretario Ejecutivo, la Intendencia Regional y las Seremis de Economía y del Trabajo se comprometen en trabajar de manera conjunta para conseguir al menos lo siguiente:
UNO: Hacer público por parte de las autoridades el estado de tramitación actual de las solicitudes de concesiones acuícolas de la región, distinguiendo aquellas solicitudes de concesiones de acuicultura que están en trámite de aquellas que fueron rechazadas, lo cual gestionará la autoridad económica regional con los organismos correspondientes.
DOS: Identificadas las solicitudes de concesiones de todas las empresas que se encuentran solicitando concesiones de acuicultura en la región, permitir tener fluidez en la tramitación de las mismas. Todo lo anterior, con el fin de que estas solicitudes estén avanzadas en sus trámites al momento de definirse las nuevas agrupaciones de concesiones de esta Región y que se encuentren vigentes los efectos de la Ley de Pesca y Acuicultura, actualmente en tramitación en el Congreso Nacional y del Proceso de Zonificación de Borde Costero actualmente en ejecución.
TRES: El Gobierno Regional deberá acotar la tramitación de la zonificación del Borde Costero en los plazos y condiciones que se llegue a determinar en la nueva Ley de Pesca y Acuicultura que, a esta fecha, se encuentra en trámite en el Parlamento.
Se deja establecido que el presente documento no implica una tramitación paralela al proceso de Zonificación de Uso de Borde Costero iniciado por el Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena a través de su División de Desarrollo Regional y la consultoría contratada al efecto.
Se deja establecido que el presente documento es un insumo a la gestión encomendada por el Gobierno Regional a la Comisión de Uso de Borde Costero y los resultados de lo que se señalará se supeditarán, en todo, a lo que aquella establezca.
El proceso de Zonificación Regional de Borde Costero, se ceñirá al cronograma tentativo comprometido por el Convenio de Cooperación para la Ejecución del Proceso de Zonificación Regional del Borde Costero de la Región de Magallanes y Antártica Chilena suscrito por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, la Subsecretaria de Marina del Ministerio de Defensa Nacional y el Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena.
El cronograma tentativo del Proyecto de Mediación y Participación se anexa al presente instrumento.
En el programa de trabajo participativo de dicho Proyecto, las empresas del salmón señaladas en el texto de este instrumento, el sector turismo, la autoridad marítima, el sector pesquero artesanal y todos los actores que participan de él, elaborarán sus priorizaciones y fundamentaciones sobre su acción en el territorio que permita un adecuado y validado ordenamiento del Borde Costero. La priorización de los sectores geográficos por parte de los distintos sectores productivos deberá contar con un fundamento que avale su elección.
En caso de que, en el período señalado en el punto precedente, no haya acuerdo total, el Gobierno Regional, a través de la Comisión Regional del Uso del Borde Costero resolverá sobre la priorización de los sectores geográficos señalados en el presente acuerdo.
CUATRO: El Gobierno Regional y los servicios pertinentes de la Región, tramitarán en lo que les corresponda, las solicitudes de ampliación, ya sea por área o por producción, de concesiones de acuicultura vigentes.
Este acuerdo se dará a conocer a las entidades públicas del sector a fin de que, dentro de su marco regulatorio, procedan a dar la máxima agilidad posible a las solicitudes de ampliación de las concesiones de acuicultura.-
CINCO: Con todo, las empresas firmantes de este acuerdo se comprometen a aplicar la normativa laboral vigente, como aquella nacida de las indicaciones presidenciales tendientes a evitar, en lo posible, la cesación de las fuentes laborales de sus empleados, conforme al plan laboral que las empresas en conjunto con la autoridad laboral regional se comprometieron a presentar y que se anexa al presente documento.
SEIS: El presente documento, reemplaza en todo, y deja sin efecto, lo suscrito con el mismo interés por las partes el día 1 de julio de 2009, cuya redacción, fundamento, contenido y justificación se ha establecido en este Acuerdo de Buena Voluntad.
En comprobante firman,
 
 

MARIO MATURANA JAMAN
Intendente Regional Magallanes y Antártica Chilena
JORGE CHOCAIR SANTIBAÑEZ
Subsecretario de Pesca
 

DRAGO COVACICH MCKAY L PRECHT
Presidente Asociación Salmones y Truchas de Magallanes A.G.
FELIPE SANDOVAL PRECHT
Secretario Ejecutivo De Productores de Cluster Acuícola
 
 
JAVIER SOLIS URIBE
Secretario Regional Ministerial de Economía, Fomento y Reconstrucción
MARITZA OYARZO QUILAHUILQUE
Secretario Regional Ministerial
Del Trabajo y Previsión Social
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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